Ya terminaron las navidades, por lo que a partir de hoy continuaremos con nuevas publicaciones en nuestra sección de noticias.
Comenzamos el nuevo año 2016, y como siempre, las empresas realizan el cierre del ejercicio que acaba de terminar según el calendario fiscal. En el mes de enero se presenta el último trimestre de 2015, tanto de IVA como de IRPF y retenciones. También los resúmenes anuales de estas obligaciones, que servirán de base a los datos fiscales y a los borradores de la Renta.
En este trimestre el plazo de presentación de obligaciones fiscales es mayor debido a la acumulación de las mismas. Tanto los modelos de IVA como los pagos a cuenta del IRPF tienen como fecha límite el día 1 de febrero, al coincidir el día 30 en sábado. Pero, las liquidaciones de retenciones no. Por lo tanto el calendario de presentación de los impuestos más habituales de empresas, quedaría de la siguiente manera:
Hasta el 20 de enero
RETENCIONES
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
Cuarto trimestre 2015: modelo 111, modelo 115
Hasta el 1 de febrero
IVA
Cuarto trimestre 2015. Autoliquidación: modelo 303
Resumen anual 2015: modelo 390
RENTA
Cuarto trimestre 2015. Estimación directa: modelo 130 Estimación objetiva: modelo 131
Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas. Modelo 180, modelo 190
Como siempre, el plazo de domiciliación terminará 5 días antes del final del plazo ordinario (el 15 para las retenciones y el 25 para el IVA e IRPF).
Si necesitas confeccionar y presentar los impuestos relacionados anteriormente, nosotros lo hacemos por ti. Por lo que no dudes en visitarnos en nuestra oficina en Alcorcón.