Calendario presentación impuestos 3º Trim. 2016
octubre 3, 2016
Felices Fiestas y Feliz año 2017
diciembre 22, 2016
Ver todo

Obligación de registro de jornada para contratos a tiempo parcial y a tiempo completo

obligacion-de-registro-de-jornada-para-contratos-a-tiempo-parcial-y-a-tiempo-completo

En los últimos meses la administración ha iniciado una campaña de inspección de trabajo, para comprobar si las empresas están llevando a cabo el registro mensual de la jornada de sus trabajadores, independientemente del tipo de contrato, a tiempo parcial o a tiempo completo.

Uno  de los objetivos es comprobar si se realizan horas extras y si se respetan los topes máximos y si dichas horas se abonan y cotizan correctamente.

Se han centrado en empresas de entre 4 y 50 trabajadores, dedicadas entre otras, a las siguientes actividades: industrias de la alimentación, textiles y calzado, industrias del cuero, artes gráficas, comercio al por mayor y por menor y servicios financieros.

Obligaciones del empresario

Desde el año  2013,  resulta obligatorio el registro de la jornada laboral de los trabajadores sólo a tiempo parcial. En él, se establecían las bases para fijar medidas que favorecen la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores. Por lo que su empresa está obligada a registrar día a día la jornada de sus empleados a tiempo parcial, con independencia de que realicen horas complementarias o no.

Ahora como novedad, la Audiencia Nacional en dos sentencias diferentes ha establecido, con carácter general, la obligación de registro de la jornada laboral día a día  de cada trabajador, sin exención del tipo de jornada. 

Como realiza el registro de jornada laboral

Cada empresa será libre de elegir el modelo o tipo de registro que quiera adoptar para cumplir con esta obligación. Por ejemplo, el registro se puede llevar de forma electrónica mediante un sistema de fichajes (con tarjeta, huella dactilar…), o mediante un sistema manual (hoja física) con la firma del trabajador.

El documento de registro de la jornada de los trabajadores deberá contener:

  • Datos de la empresa.
  • Identificación completa del trabajador.
  • Especificación de la jornada de trabajo establecida por contrato.
  • Apunte de las horas laborales; ordinarias y complementarias por cada día efectivo.
  • Firma del representante de la empresa.
  • Recibo del trabajador.

¿Qué ocurre en caso de incumplimiento del registro?

En los  contratos a tiempo parcial, si existieran horas extraordinarias no registradas se entenderá que se trata de un contrato laboral a tiempo completo y no a jornada parcial.

Ley de Infracciones del Orden Social establece dos sanciones por incumplimiento:

  • Si el incumplimiento se debe a cuestiones formales se contemplaría la aplicación de una multa de entre 60 y 625 euros (Art. 6.6 de la Ley de Infracciones del Orden Social).
  • Si se produce un incumplimiento dada una infracción en la extensión del horario de trabajo del trabajador simulando sus horas ordinarias como extraordinarias se aplicaría una multa de entre 626 euros y 6.250 euros (Art. 7 nº5 de la Ley de Infracciones del Orden Social).

En los contratos a tiempo completo, aunque no se entiende obligatorio este registro, se considera necesario con el fin de esclarecer el número de horas realizada por los trabajadores ante inspecciones de trabajo cuyas consecuencias y sanciones depende del grado de incumplimiento.

Si tienes cualquier consulta relativa a este tema o de otro tema sobre el desarrollo de tu actividad, visitarnos en nuestra oficina de Alcorcón

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*