La  declaración informativa 390 es el resumen de IVA que contiene la información presentada por los contribuyentes en sus autoliquidaciones trimestrales o mensuales del modelo 303.  En el año 2014 la Agencia Tributaria exoneró de esta obligacion a algunos colectivos.

En el ejercicio 2015 se mantiene la exoneración  de presentar el modelo 390 a aquellos contribuyentes obligados a la presentación de autoliquidaciones periódicas con periodo de liquidación trimestral de IVA, que tributando solo en territorio común realicen exclusivamente las actividades siguientes:

a) Actividades que tributen en régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (módulos de IVA), y/o
b) Actividad de arrendamiento de bienes inmuebles urbanos. Aquellos que tan solo declaren cuotas de IVA procedentes de alquileres que no sean de vivienda (el alquiler de vivienda no está sujeto al impuesto)

Esta exoneración quedará condicionada a que se cumplimente la información adicional que se requiera a estos efectos en el modelo 303 del cuarto trimestre. Habrá que identificar las actividades que desarrolla en contribuyente a las que se refiere la declaración y consignar el detalle del volumen total de operaciones realizadas en el ejercicio.

Tendran que presentar el resumen anual 390, aquellos contribuyentes que no tengan obligación de presentar el cuarto trimestre por haber haber dado de baja su actividad y sus obligaciones fiscales con anterioridad al mismo.

Es decir, si el contribuyente percibe exclusivamente ingresos por arrendamientos no tendrá que presentar el resumen de IVA, a no ser que se de de baja antes del mes de octubre. Si se da de baja antes del último trimestre del año, no presentará la última liquidación de IVA del ejercicio, por lo que  tendrá que presentar el 390. Lo mismo ocurrirá con aquellos que tributen en módulos.

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