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No hay que olvidar, que este mes de Diciembre se presenta el tercer pago a cuenta del Impuesto de Sociedades

Calendario 2015

Este mes de diciembre, del 1 al 20, las sociedades mercantiles tienen que presentar el Tercer pago a cuenta del Impuesto de Sociedades correspondiente al ejercicio 2015. Recordar que estamos a vuestra disposición para realizar el cálculo y presentación del mismo.

Solo existe obligación de presentar pagos a cuenta de Sociedades si el resultado del Impuesto anual del ejercicio fue positivo. Pero no debemos equivocarnos, para el cálculo del importe no se tiene en cuenta si el resultado final del último impuesto de Sociedades fue a ingresar o no, sino el importe de la casilla 599, que es la cuota íntegra, antes de restar los pagos a cuenta realizados y las retenciones soportadas, si los hubiera. Esto quiere decir que una empresa podría no haber pagado Sociedades en julio y sí tener la obligación de presentar pagos a cuenta.

El Tercer pago a cuenta del Impuesto de sociedades  se calcula  igual que el  segundo pago, que realizamos en el mes de Octubre   de 2015,  por tanto lo  calcularemos a partir del Impuesto de Sociedades presentado en el mes de julio del mismo año.

Tomaremos,  el importe de la casilla 599 y lo trasladaremos a la casilla 01 del modelo 202, una vez cubiertos los datos identificativos de la empresa, el ejercicio y el tipo de gravamen de Sociedades. Si cumplimentamos el modelo a través de la Sede de la Agencia Tributaria, el importe a ingresar (el 18%) se calcula de manera automática, con lo cual no puede ser más sencillo.   Se podrá utilizar esta forma de cálculo del pago fraccionado, que es la que contempla el artículo 45.2 de la Ley del Impuesto de Sociedades mientras no superen los 6.010.121,04 euros de volumen de operaciones.

De lo contrario, tendrán que utilizar la modalidad del artículo 45.3 TRLIS (aunque pueden utilizarla igualmente de forma voluntaria si no superan la cifra mencionada). Esta modalidad se basa en el beneficio real del ejercicio que se liquida, no del ya finalizado.

El cambio de modalidad debe indicarse en el modelo 036 durante el mes de febrero del año natural a partir del cual deba surtir efectos.

 Si tienes cualquier consulta relativa a este tema o de otro tema sobre el desarrollo de tu actividad, visitanos en nuestra oficina de Alcorcón

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